Aparte el absurdo, la prepotencia y arbitrariedad, todo esto evidencia que, igual que su antecesor, el gobierno de L. Virginia Fernández se mueve en búsqueda de objetivos corruptos, que no otra cosa se desprende de su evidente interés por desahogarse de controles independientes e incómodos.
Luis Paulino Vargas Solís
El gobierno de L. Virginia Fernández, fiel “continuista” del legado de prepotencia e irrespeto a las leyes y a la Constitución de su antecesor, se niega a ratificar el nombramiento de Rocío Alfaro como representante sindical ante la junta directiva de la Caja.
Las justificaciones naufragan por cualquier lado que se las mire. Son un bodrio elaborado por Mónica Taylor, presidenta de la Caja, y, en fin, un desfile de pésimos antifaces que no logran disimular la arbitrariedad.
- Una primera referencia básica que debemos tener en cuenta nos la da el artículo 6) de la Ley Constitutiva de la Caja, ley número 17 del 22 de octubre de 1943 y sus reformas. Este artículo contiene una disposición perfectamente clara y explícita que indica que el Consejo de Gobierno nombrará a las representaciones de los sectores patronal y laboral, elegidas de previo en forma democrática por cada uno de esos dos sectores, «y sin que el Poder Ejecutivo pueda impugnar tales designaciones”. O sea, y de entrada, el proceder del gobierno de L. Virginia Fernández incumple el mandato legal. Ya, desde ahí, toda su posición está viciada y es ilegítima.
- Un primer argumento que la oficialidad ofrece es que Rocío carece de las “competencias económico-sociales” a que hace referencia el inciso a) del artículo 7) de la Ley Constitutiva de la Caja. Lo cual es un perfecto disparate. En lo “social” a Rocío le sobran competencias al punto que fácilmente podrían regalárselas y repartírselas a Fernández y su gente. En cuanto a lo “económico”, y teniendo presente que Rocío ha demostrado ser sumamente estudiosa e inteligente, que no sea economista ni profesional en una rama cercana a la economía (como la administración) no la desautoriza en absoluto, puesto que por cuatro años fue diputada, hubo de estudiar cuestiones económicas y presupuestarias y, en particular, se enfocó en la Caja como uno de sus temas prioritarios de interés, lo cual, sin duda, ha de haberle dado un conocimiento profundo y riguroso sobre los temas financieros relacionado con esa institución.
- Por otra parte, y ya que en el gobierno de Fernández de repente se pone tan melindroso y tan dispuesto a buscarle cinco patas al banco, me pregunto: los miembros que, en el gobierno previo, fueron nombrados por Chaves para esa junta directiva como representantes del Estado ¿cumplían plenamente con las “competencias económico-sociales” que la ley señala? Por ejemplo, el abogado Villalobos Brenes, su trayectoria profesional es notable, pero carece de formación en sociología, trabajo social u otras disciplinas del ámbito social, y, además, nada indica que haya tenido cercanía alguna con las problemáticas sociales más importantes de nuestros días. Similar es el otro representante designado por Chaves: el médico González Jinesta, sin formación en economía u otra disciplina de las ciencias sociales, sin atestados que demuestren su participación en organizaciones sociales, cuando, por otra parte, su mayor experticia parece estar en al mundo empresarial y mercantil de los hospitales privados.
- Enseguida Virginia Fernández y sus adláteres nos salen con un exabrupto que nada nuevo dice de Rocío, porque todo el mundo lo sabe, pero, en cambio, proclama a gritos, el autoritarismo e intransigencia del chavismo. La objeción es que Rocío ha tenido participación político-electoral en el partido Frente Amplio ¡Qué descubrimiento! O sea: aducen como objeción que ella ha ejercido un derecho constitucional. El pretexto es ridículo pero sus implicaciones son gravísimas porque atropella las normas constitucionales y los derechos humanos.
- El gobierno de Virginia Fernández intenta disimular esa barbaridad aduciendo otra barbaridad: que el artículo 11) de la Ley Constitutiva prohíbe que las personas que integran la junta directiva tengan “parte activa en asuntos de política electoral”. Pero ¿en qué cabecita de renacuajo cabe que ese artículo es retroactivo y que la prohibición se extiende al pasado, cuando la persona no era parte de esa junta directiva? La prohibición aplica a la persona desde el momento en que asume el puesto en la junta directiva y mientras lo desempeña. No puede tener validez antes de que esa persona llegue a esa posición, y deja de tener validez en el momento en que la abandona.
- En la misma línea de la intolerancia autoritaria, sacan a relucir que, en ejercicio de su libertad constitucional de expresión, Rocío en diferentes momentos tomó posición respecto de asuntos polémicos vinculados con la Caja, como el chanchullo de los sobreprecios en la concesión a algunas cooperativas. Y, entonces, en pleno desborde de irresponsable especulación, sus mentes acalenturadas alucinan que eso afectaría las decisiones futuras que Rocío pudiera tomar. En realidad, esto nos habla de que Rocío ha sido una persona preocupada por la Caja, y que, con ahínco y rigor, ha estudiado la situación de la institución. Dígase con claridad: precisamente ese es el tipo de personas que necesitamos llevar a la junta directiva de la Caja.
- Resumiendo: tanto en relación con la participación electoral de Rocío como respecto de las posiciones que ella ha defendido en el pasado, el gobierno de Virginia Fernández aplica una especie de censura retroactiva contra derechos constitucionalmente garantizados. O sea: el autoritarismo, en la plenitud de su irracionalidad, vistiendo los ridículos trajes del absurdo.
- Finalmente se aduce que un hermano de Rocío se desempeña como médico en un hospital. Otro desatino. Primero: la Caja reúne más de 60 mil empleados. Eso hace muy probable que cualquier miembro de la junta directiva tenga, entre ese personal, algún familiar, sanguíneo o político. Si fuera por eso, es posible que muchos nombramientos en el pasado no debieron ser ratificados. Segundo, no hay ninguna norma que respalde esta posición oficial; es solo otra arbitrariedad que se sacan de la manga. Tercero, las decisiones de junta directiva por lo general se refieren a una generalidad difusa, no a personas específicas. Eso ya había sido discutido en relación con el aumento salarial, aprobado en 2019, que la junta directiva de la Caja autorizó que se aplicara en 2022, siendo Álvaro Ramos el presidente ejecutivo, lo cual dio lugar a la primera grande e ilegal rabieta de R.A. de Jesús Chaves contra la Caja. Cuarto, cualquier interferencia que Rocío quisiera ejercer a favor de su hermano sería tráfico de influencias, un delito tipificado en Artículo 52 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Apuesto lo que sea que Rocío jamás de los jamases haría tal cosa, pero aquí lo que es totalmente incorrecto y arbitrario es condenar a priori a alguien, sobre la base de hechos fantasiosos que solo existen en las mentes enfebrecidas de quienes los imaginan.
Conclusión: aparte el absurdo, la prepotencia y arbitrariedad, todo esto evidencia que, igual que su antecesor, el gobierno de L. Virginia Fernández se mueve en búsqueda de objetivos corruptos, que no otra cosa se desprende de su evidente interés por desahogarse de controles independientes e incómodos.


