Manuel de Jesús Benavides Barquero: Sobre la fecha de la Independencia y otras vainas

Finalmente, el 15 de setiembre como fecha para conmemorar la Independencia fue un oportuno convencionalismo en vistas a la fraternidad y solidaridad regional en medio de la multitud de fechas que podían discutirse. Además de ser un proceso, no una fecha, sería bueno que los costarricenses pudiéramos unirnos al resto y aportar las ventajas que hemos gozado a través de 200 años a favor de los más desprotegidos de los pueblos hermanos de Centroamérica.

Manuel de Jesús Benavides Barquero, Historiador

En medio de mis labores como sacerdote e historiador han llegado a mis oídos algunas noticias en torno a la discusión sobre la fecha de la Independencia. He evitado meterme en ella, pero creo que puedo aportar algunas ideas para tratar de ser más serios en la conmemoración de este Bicentenario.

En primer lugar, ante la acciones de algunos que no son historiadores profesionales, habría que recordarles aquello de “zapateros a tus zapatos”, que en estas materias hasta a los zapateros de este gremio nos cuesta. En segundo lugar y a pesar de que algunos de los llamados próceres de la Independencia ya tenían sus intereses personales en el asunto y no debiéramos idealizarlos tanto, creo que es un irrespeto a las personas que hace más de 200 años tuvieron que asumir aquel momento en medio de tensiones y problemáticas muy fuertes, con una Independencia que les vino regalada y se les tornó una braza en las manos, con el reto de tomar decisiones muy importantes, creo, repito, que es un irrespeto la discusión que ahora algunas personas de manera apasionada y localista han entablado sobre una fecha, sin tratar de profundizar sobre qué fue lo que realmente sucedió y que consecuencias tuvo.

Pidiendo perdón a los compatriotas de hace 200 años, me veo obligado a referirme al asunto. La Independencia del Reino de Guatemala no es un hecho ni una fecha, es un proceso en el que muchos elementos y hechos intervinieron, antes y después de 1821, para que pudiéramos autogobernarnos. Si se trata de una fecha, seamos más justos y démosle el crédito a un pequeño pueblo de Chiapas, Comitán, que fue el que inició el proceso; basta ya de darle culto a los centros de poder. Así mismo, de ser el centro una fecha entraríamos en una situación muy complicada, porque serían muchas fechas aunque lo redujéramos solo a Costa Rica, lo cual vendría a causar desavenencias y divisiones necias e innecesarias tanto por las dificultades del presente, como por la falta de lealtad a aquellas personas que a diferencia de las otras provincias del Reino, supieron solucionar más pacíficamente el problema que tenían entre manos.

La propuesta de que el 29 de octubre es la fecha correcta tiene serios problemas. Si se parte de que era la capital de la provincia para defenderla, el argumento no es válido. Desde las Cortes de Cádiz y mucho más en el Trienio Liberal Español (1820-1823) los centros de poder como lo eran las referidas capitales estaban siendo debilitadas de manera que ya no podían ejercer dominio sobre las otras poblaciones de manera tan amplia y tan abusiva. Por ejemplo, se crearon los ayuntamientos constitucionales para muchos pueblos, institución que los liberaba del antiguo centro de poder; ahora solo dependían de la Diputación provincial, que en nuestro caso era la de Nicaragua, con quien formábamos una única provincia; Costa Rica en ese momento era un partido según la Constitución de 1812 y su gobernador un jefe político subdelegado del de León. Cada ayuntamiento tenía jurisdicción sobre su propio territorio bajo la vigilancia del jefe político. Las decisiones de la antigua capital colonial ya no los obligaban.

Los gobernadores, intendentes, capitanes generales y más, también habían perdido poder desde las Cortes de Cádiz; por ejemplo, la separación del poder político (gobierno ejecutivo) del militar los debilitó. Además se les estaba despojando de su poder en el campo de la Hacienda Real. En el caso de los ayuntamientos el jefe político debía presidirlos pero no tenía poder sobre ellos, solamente en el caso de que en una votación hubiera un empate podía votar para desempatar. Además, como el jefe político no podía estar en dos o más lugares a la vez, en los ayuntamientos fuera de la capital colonial, los presidiría el primer alcalde si él no podía estar presente. El depender de un jefe político en esta línea no los hacía dependientes de la antigua capital colonial y ni sus decisiones los obligaban.

En este contexto, ni la capital colonial ni su ayuntamiento gobernaban la provincia; cada ayuntamiento debía gobernar los pueblos de su entorno. Es por eso que en cuanto a la declaración de la Independencia podrían haber varias fechas debido a que cada ayuntamiento la pudo declarar por su cuenta válidamente, tal como lo hizo Comitán en Chiapas o algunos pueblos de Huehuetenango en Guatemala que la declararon sin que les hubiera llegado la orden de la capital guatemalteca y su jefe político superior. Ponernos de acuerdo sobre una fecha en medio de esta multitud de posibilidades sería un caos.

Partiendo de lo anterior y si se quiere ser necio, propondríamos la fecha del 28 de octubre pero en San José, lugar donde el pueblo la proclamó cuando conoció del contenido de los documentos que iban rumbo a Cartago. Si se quisiera cuestionar esa fecha desde el principio de legitimidad, es una arma de doble filo, porque, por un lado, la soberanía había vuelto al pueblo desde antes de la Independencia en el periodo de las Cortes de Cádiz y restituida en el Trienio Liberal, dato que, por cierto, la historia patria y muchos historiadores no nos habían dicho. Pero, por otro lado, si se aduce lo de la legitimidad eso mismo desarma la fecha del 29 de octubre porque lo que ahí se declaró era para Cartago solamente, no afectaba a los otros ayuntamientos y por consecuencia a sus respectivos pueblos.

Si quisieran aducir que estaban presentes los delegados de los ayuntamientos con los poderes que les dieron y que estos firmaron el acta, hay un elemento legal que no legitimaba esa acción más que a nivel personal sin obligar a los pueblos. Desde la Colonia los poderes legales tenían una función muy precisa previniendo los abusos de la libertad humana, de manera que el legado tuviera clara cuál era la misión que se le encargaba y hasta donde podía comprometer al pueblo que lo enviaba.

La presencia de los delegados en Cartago fue una casualidad y estaban ahí para cumplir otra tarea, no para decidir y jurar la Independencia. La importancia de la anterior afirmación se comprende mejor con el siguiente ejemplo: los legados de los pueblos se reunieron por primera vez el 25 de octubre en Cartago y en la sesión del día siguiente se propuso el tema de crear un gobierno para la Provincia; en medio de la discusión los representantes de Alajuela, Heredia y Barba no aceptaron esa propuesta aduciendo que los pueblos no les habían dado poder para ese tipo de decisiones, por lo que se acordó suspender la reunión para que regresaran a sus pueblos y consultaran su parecer, quedando en reunirse el 29 de octubre. Esto prueba cómo se procedía legalmente en la época y también que la presencia de los legados fue casual y con otra misión. Sus firmas en el acta no comprometían a los demás ayuntamientos y queda claro que la independencia ahí declarada era la de Cartago no la de Costa Rica. Lo lógico es que los legados volvieran a sus pueblos e hicieran la consulta, a no ser que estemos de acuerdo con lo que pasó en varias lugares de las demás provincias del Reino, donde los centros de poder violentaron la voluntad popular imponiéndoles su decisión, algunas veces con amenaza militar como fue el caso de Masaya que sufrió esa experiencia por parte de Granada en su lucha contra León y a favor de Guatemala.

En las actas de los ayuntamientos hay muchas pruebas de esto. Por ejemplo, el ayuntamiento de San José, ante la proclama de la Independencia que hizo el pueblo el 28 de octubre en la noche, se reunió el 29 y, además de proclamar la Independencia, expuso estar de acuerdo con establecer una Junta Gubernativa Provisional, pero que, entonces, las instrucciones que se le habían dado a su legado “se innoven y amplíen en lo que sea necesario con presencia del estado actual”. Todo esto lo hicieron sin haber recibido documento alguno de parte de Cartago. El ayuntamiento cartaginés, a su vez, recibió y leyó el acta del 29 de octubre que su similar de San José le envió, aceptando lo decidido y beneficiándose de lo acordado por los josefinos en cuanto al orden que se debía seguir y sobre la Junta Gubernativa Provisional con las siguientes palabras: “Que en cuanto a las medidas gubernativas que ha tomado sobre todos los ramos el Noble Ayuntamiento de la ciudad de San José, por lo respectivo a aquel suelo… parece a esta Corporación debieran dictarse por la provincia toda uniformando sus sentimientos… por ser principio sentado que lo que a todos toca por todos debe ser aprobado.”

A pesar de que la declaración de San José solo afectaba a los josefinos, parece que los cartagineses de aquella época tuvieron más sentido común y comprendieron mejor que los de hoy el principio que citaron al final del párrafo, a no ser que alguno de los vivos anden buscando bisabuelos y tatarabuelos de aquel tiempo para declararlos beneméritos de la Patria, como se está volviendo moda hoy día.

Finalmente, el 15 de setiembre como fecha para conmemorar la Independencia fue un oportuno convencionalismo en vistas a la fraternidad y solidaridad regional en medio de la multitud de fechas que podían discutirse. Además de ser un proceso, no una fecha, sería bueno que los costarricenses pudiéramos unirnos al resto y aportar las ventajas que hemos gozado a través de 200 años a favor de los más desprotegidos de los pueblos hermanos de Centroamérica.

Posdata: a los colegas historiadores, favor de consultar los archivos a la hora de opinar para contestar con más precisión y veracidad las seudohistorias que no dejarán de aparecer.

 

También podría gustarte Más del autor

Comentarios

Cargando...