Pablo Zúñiga: El MEP ante el abismo; Inflación y regla fiscal socavan servicios educativos
Ante este panorama, el MEP no tiene ninguna posibilidad de financiar la recuperación educativa urgente y necesaria para no perder a varias generaciones de costarricenses (niños, niñas y jóvenes) que están a punto de ser expulsadas del sistema educativo público; no podrá financiar los nuevos programas de educación para la primera infancia, ni los programas de bilingüismo, de educación y formación técnica o dual. Ni siquiera alcanzará el dinero para mantener los comedores escolares abiertos todo el año y pagar las becas y el transporte estudiantil.
Pablo Zúñiga M., Abogado y gestor educativo, asesor del Despacho en el Ministerio de Educación Pública en política pública educativa
Según el último informe del INEC[1] la inflación del presente año (2022) llegó a 9.45% en el mes de setiembre; y la inflación interanual acumulada llegó en este mismo mes a 12.13%. (La más alta desde marzo del 2009 – en 13 años).
Este proceso inflacionario galopante, tiene efecto directo sobre el valor real del dinero presupuestado para gasto e inversión pública. De acuerdo con las cifras del Proyecto de Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico – 2023 ( expediente # 23318) enviado a la Asamblea Legislativa el pasado 1° de setiembre por el Poder Ejecutivo, comparado con el presupuesto nacional del 2021 y utilizando colones del 2022, – según estimación y actualización realizada por El Financiero[2] -, ya habría sufrido una pérdida de valor real, equivalente a ₡545 mil millones, excluyendo el dinero destinado al pago de la deuda pública. Todo ello, sin que aún se inicie la discusión del mismo en la Comisión de Hacendarios.
Ello equivale a una pérdida de valor real del 7.7% en relación con el año 2021, pero es el Ministerio de Educación Pública (MEP) por su tamaño[3], el principal afectado, pues sufre una pérdida de valor real en su presupuesto de 8.7% en relación con el presupuesto del mismo año 2021, utilizando para validar la comparación, colones al valor presente (2022).
Monto en miles de millones Variación del periodo presupuesto MEP (porcentaje)
2021 | 2022 | 2023 | 21/22 | 22/23 | 21/23 |
2 763 | 2 564 | 2 524 | −7,2% | −1,6% | −8,7% |
Notas: 1) Los datos del presupuesto del 2021 se traen a valor presente con el fin de registrar el efecto que ha tenido la creciente inflación de los primeros seis meses del 2022. 2) Las cifras de los presupuestos de 2021 y 2022 corresponden a datos ajustados a agosto de cada año, con presupuesto extraordinarios. (Cálculo y proyecciones de El Financiero)[4]
El MEP en el presupuesto 2021 alcanzó un 6.3% del PIB. El monto nominal incluido en el proyecto remitido a la Asamblea legislativa para el año 2023, es de ₡2,523,993 millones, equivalente apenas al 5.32% del PIB[5]. Presenta una reducción con relación al presupuesto 2022 de 1.56% (- ₡38.994 millones) y de continuar creciendo la inflación, su valor real decrecerá en la misma proporción.
Indistintamente del impacto negativo de la inflación, el Anteproyecto de presupuesto 2023 enviado por el Poder Ejecutivo a la Asamblea Legislativa, – al igual que el de los años anteriores determinados por los efectos de la Pandemia-, incumple de partida con el mandato del artículo N° 78 Constitucional, el cual establece que la inversión pública en educación no puede ser inferior al 8% del PIB y con el principio constitucional derivado del por el Transitorio I a dicha norma, que literalmente indica: “Sin embargo, en ningún caso el porcentaje del producto interno bruto destinado a la educación podrá ser más bajo que el del año precedente”; la omisión de presupuestar el mínimo constitucional para educación constituye también un desacato manifiesto a lo dispuesto por la Sala Constitucional al interpretar dichas normas en el año 2016.[6]
Sin embargo, como se detalla en el Editorial de la última edición de El Financiero, la pérdida de valor real en el presupuesto por causa de la inflación, -así como la omisión en presupuestar el 8% del PIB- son solo una parte del problema, porque hay que sumarle a esta crisis presupuestaria, el efecto de la aplicación de la Regla Fiscal de Gasto, que hace aún más grande la crisis educativa por falta de presupuesto, y que agrava la omisión del Poder Ejecutivo al no priorizar la inversión en educación como política pública. Dice El Financiero:
“La regla fiscal no estuvo diseñada para la transición de un periodo de baja a alta inflación. La fórmula de la regla fiscal tiene un rezago pues es un promedio de los 4 años previos. Entre estos están el año más severo de la pandemia (2020) donde el PIB nominal decreció y aunque posteriormente hubo una recuperación en 2021, ambos años fueron de muy baja inflación. Sin embargo, ahora que la inflación está apuntando a cifras superiores a dos dígitos, el incremento en los precios tendrá su mella sobre los próximos años presupuestarios, pero en especial en 2023. Como la mayoría de las instituciones públicas tendrán un crecimiento nulo o negativo del gasto, esto significa que en términos reales (o sea, sin inflación), el presupuesto caerá más de 20%, (…) Esto plantea un problema de calidad de gasto, el cuál de mantenerse esta inercia, se traducirá en servicios públicos empobrecidos….”[7]
O sea, a la pérdida de valor real del presupuesto 2023 por inflación, tenemos que sumar el impacto negativo de la aplicación de la Regla Fiscal de Gasto, que al calcularse con base al promedio de los últimos 4 años, – periodo de estancamiento del PIB por pandemia COVID 19 -, produce un decrecimiento real del Presupuesto Nacional del año 2023, equivalente al 20% en relación con el 2021.
Ante este panorama, el MEP no tiene ninguna posibilidad de financiar la recuperación educativa urgente y necesaria para no perder a varias generaciones de costarricenses (niños, niñas y jóvenes) que están a punto de ser expulsadas del sistema educativo público; no podrá financiar los nuevos programas de educación para la primera infancia, ni los programas de bilingüismo, de educación y formación técnica o dual. Ni siquiera alcanzará el dinero para mantener los comedores escolares abiertos todo el año y pagar las becas y el transporte estudiantil. Peor aún, de no tomarse medidas especiales vendrán cierres de servicios, despido de personal interino y conflictos laborales por el efecto de tres años de congelamiento salarial en medio de una inflación galopante.
Parece imperativo que desde el MEP se promueva con urgencia la declaratoria de Emergencia Nacional Educativa, que se apliquen salvaguardas para liberar al presupuesto de la educación del límite de la regla fiscal y que en la política pública se priorice la educación mediante la asignación de recursos presupuestarios suficientes para garantizar la continuidad de sus servicios. La misma UNESCO nos recuerda de manera reiterada, que el rezago educativo post pandemia solo se supera con más recursos[8].
Finalmente, priorizar objetivos fiscales dirigiendo los recursos del presupuesto al pago de la deuda pública, a costa de disminuir la capacidad estatal para atender los servicios públicos educativos, es un ejercicio muy peligroso porque vacía de sentido a la política pública y nos aleja del modelo de Estado Social de Derecho consustancial a nuestra tradición político – democrática. Es ahora a la Asamblea Legislativa a quien le corresponde realizar los correctivos necesarios al tramitar la aprobación de la Ley de Presupuesto para el año 2023; oportunidad que a su vez le permitirá dar fiel cumplimiento al mandato expreso de la Sala constitucional sobre la materia.
- [1] Último informe del INEC sobre inflación y evolución del IPC, emitido el 7 de agosto 2022.
- [2] Gobierno se queda sin espacio de maniobra en gasto ante inflación, inflexibilidad y regla fiscal. https://www.elfinancierocr.com/finanzas/gobierno-se-queda-sin-espacio-de-maniobra-en-gasto/VPZFKUF2WBAJ7E55B4DYKDKR5Y/story/
- [3] El presupuesto del MEP asciende a 2.5 billones de colones, que representan el 20.5% de todo el Presupuesto Nacional.
- [4] Observaciones de la misma publicación de El Financiero.
- [5] Proyección provisional del MEP.
- [6] Mediante resolución Nº 2016-012803 de la SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, de las 11:21 horas del 7 de setiembre de 2016 se declaró inconstitucional cualquier Presupuesto Ordinario Nacional que no contemple el monto constitucionalmente previsto por el artículo 78 de la Constitución Política vigente (8% del PIB), previniendo de manera vinculante y expresa, al Poder Ejecutivo y a la Asamblea Legislativa “…no volver a incurrir en la omisión que dio mérito acoger esta acción…”
- [7] Editorial: cuatro apuntes sobre el plan de presupuesto 2023. https://www.elfinancierocr.com/opinion/editorial-cuatro-apuntes-sobre-el-plan-de/HANKL6G5BRCH7FVDBTD2CD5FSM/story/
- [8] https://es.unesco.org/news/unesco-advierte-que-deficit-financiacion-alcanzar-ods4-paises-mas-pobres-podria-aumentar-200000
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