TSE definió montos y partidos políticos con derecho a la contribución estatal

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San José, marzo de 2018. El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) determinó cuáles son las agrupaciones partidarias que podrán optar por la deuda política, así como su monto máximo, de acuerdo con los resultados de las Elecciones Presidenciales y Legislativas celebradas el pasado 4 de febrero.

De los 25 partidos políticos participantes en dichos comicios, solamente 9 (7 a escala nacional y 2 a escala provincial) alcanzaron el derecho a optar por el aporte estatal. Esos partidos, previa justificación y liquidación de gastos, se distribuirán poco más de 25 mil millones de colones disponibles para tales efectos, según el siguiente detalle:

 

Fuente: Elaboración propia con base en las resoluciones emitidas por el TSE, n.° 1265-E11-2018 del 1 de marzo de 2018 y n.° 1230-E11-2018 del 27 de febrero de 2018.

Para que estas agrupaciones pudieran optar por la contribución estatal, debieron alcanzar al menos un cuatro por ciento (4%) de los sufragios válidamente emitidos a escala nacional o en la respectiva provincia (tratándose de partidos inscritos a esa escala), como también si eligieron al menos un diputado (que fue el caso del Frente Amplio).

¿Cómo se determina la deuda política?

El monto que le corresponde a cada partido con derecho a la contribución estatal se determina mediante dos pasos:

1. La cifra total de la contribución estatal se divide entre el resultado de la suma de los votos válidos obtenidos por todos los partidos políticos con derecho a contribución, en la elección para Presidente y Vicepresidentes de la República y Diputados a la Asamblea Legislativa. De allí se obtiene el monto que corresponde reconocer por cada voto, que en esta ocasión ascendió a ₡6.411,09.

2. Seguidamente, se multiplica esa cifra por el resultado de la suma de los votos válidos que obtuvo cada partido político, con derecho a la contribución estatal, con lo cual se determina la suma máxima a reconocer a cada partido.

En el caso de agrupaciones partidarias que solicitaron financiamiento adelantado y no tuvieron derecho a la deuda política, tendrán que hacer el reintegro de ese dinero a la mayor brevedad posible. De lo contrario, el órgano electoral hará efectiva la garantía líquida presentada en su momento por el partido político.

Comprobación de los gastos

Para poder acceder a la contribución estatal, las 9 agrupaciones partidarias deberán liquidar y comprobar sus gastos; gestión que deberán hacer a más tardar el próximo 30 de mayo (aunque los partidos Restauración Nacional y Acción Ciudadana podrán gestionar ante el TSE la ampliación de ese plazo).

Las agrupaciones tendrán que presentar la documentación de respaldo (comprobantes, facturas, contratos y toda la documentación original que resulte pertinente) para justificar los gastos realizados entre el 4 de octubre de 2017 (convocatoria a elección) y los 45 días naturales después de celebrada la elección, es decir, el 21 de marzo del año en curso.

En el caso de los citados partidos políticos que continúan en la disputa de los cargos de Presidente y Vicepresidentes de la República (Restauración Nacional y Acción Ciudadana) podrán incluir las erogaciones en que incurran hasta el 16 de mayo.

El TSE revisará la documentación y dictará una resolución final para determinar si procede o no el reembolso y en qué tanto.

Giannina Aguilar, Cedric Solano y Marialaura Hernández

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